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ESPAÑA COMO ESTADO DE AUTONOMÍAS. Una de características más representativas del estado español es su forma de organización territorial en comunidades autónomas. En la CE de 1978, Uno de los grandes problemas constituyentes era cómo transformar un Estado unitario y centralista en un Estado descentralizado. En el articulo segundo de la constitución esta renunció a decidir de forma directa sobre la cuestión de la estructura territorial del estado, por lo que se decidió en como punto de partida se aceptase la “indisoluble unidad” del pueblo español que venía siendo vigente, aunque se reconocido el derecho a la autonomía de las diferentes nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre ellas, lo que a posteriori ha dado lugar a la distribución territorial del poder político del estado que vivimos hoy. La estructura actual del estado español ha sido resultado de 2 procesos, uno constituyente (donde no se define la forma de estado) y otro estatu

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